Este documento está elaborado para que se oriente el comportamiento y forma de utilizar los servicios que prestan el Anfitrión, Guía Turístico, Hotelero, Dueño de Restaurant y cómo debe comportarse el Visitante en nuestra ciudad. Este documento está elaborado solo con sentido común, y puede ir perfeccionándose.
Es un instructivo simple y básico de comportamiento para tener una experiencia de viaje que motive la recomendación boca a boca.
El instructivo se basa en 4 pilares:
La Confianza:
Las personas que publican en nuestra página tienen el deber de ser transparentes, correctos y con un marcado sentido ético. Esto les permitirá mantener un vínculo con su visitante/cliente y con ello lograr la confianza que requiere su publicación se mantenga en nuestra web. Como también lograr buenas evaluaciones y comentarios.
La Transparencia:
No falsear información, no entregar sus datos correctos, enviar fotos falsas, no tener un trato y precio justo son algunos ejemplos de lo que no deben hacer. Constantemente revisaremos los comentarios y evaluaciones, si algo no nos da la confianza serán eliminados inmediatamente. Usted como anfitrión y empresario debe velar por que sus trabajadores actúen de la misma manera, transparente frente al viajero y no este último sentir que lo estafan.
La Protección y Orientación
Usted como anfitrión y dueño de negocios, debe orientar en todo momento al viajero, que es lo que puede y no puede hacer en su casa, restaurant, hostal, hotel etc, y también orientarlo respecto de los lugares más seguros a visitar, indicar los horarios máximos para evitar incidentes no deseados. También debe entregarles los números de teléfonos de urgencias, carabineros, bomberos u otro dato de interés.
La Atención al Cliente
Siempre trate de ponerse en el lugar de su cliente sea empático, consulte si todo está bien, haga saber que usted está preocupado para que la estancia o visita de su cliente sea lo más agradable posible. Enseñe a sus colaboradores que esto es importante.
Reglamentación Vigente Ventas y Servicios
Otro punto importante que debes considerar es el pago de tus impuestos (IVA), esto es muy importante para que a nivel local se aumenten los ingresos de la ciudad y pueda esto generar nuevas iniciativas para impulsar el turismo.
http://www.sii.cl/material_inf/arriendo_inmuebles.pdf
DECRETO LEY Nº 825, LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS
g) El arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal de bienes corporales muebles, inmuebles amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio.